Desde el sábado 15 de julio comenzó a regir la medida de reducción del tiempo de trabajo en el país en una hora a la semana para este 2023
La Ley 2101 de 2021 entró en vigencia en Colombia desde el domingo 16 de julio, que establece una reducción de la jornada laboral semanal sin afectar el salario de los trabajadores.
La norma fue propuesta por el expresidente de la República Álvaro Uribe, de la mano del partido Centro Democrático, siguiendo algunas recomendaciones hechas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (Ocde) para comparar la intensidad laboral con otros países de la región:
Naciones como Argentina, Bolivia, Perú, Uruguay, Cuba, Bolivia, México y Paraguay lideran el listado de países de la región con jornadas laborales más extensas, alcanzando un promedio de 48 horas a la semana. Anteriormente, Colombia se encontraba en el mismo grupo, pero a partir de este cambio, la semana laboral será de 47 horas.
Tenga en cuenta que esta medida se implementará paulatinamente hasta alcanzar una jornada laboral de seis horas al día (42 horas a la semana) y que se efectuará año tras año hasta el 2026. Este proceso se generará así:
Para el 16 de julio de 2023: se reducirá una hora (47 horas semanales); desde el 16 de julio de 2024: se reducirá una hora más (46 horas semanales). A partir del 16 de julio de 2025: se reducirán dos horas adicionales (44 horas semanales). El 16 de julio de 2026: se aplicará una última reducción de dos horas (42 horas
Con la reducción de la jornada laboral vendrán cambios, ¿implicará una disminución en el salario? Jesús Aviles/Infobae
Qué pasa si una empresa no cumple la Ley 2101 de 2021
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo: “Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables”.
Con base en lo anterior, las compañías que incumplan la Ley 2101 corren el riesgo de recibir en su contra acciones legales por parte del trabajador, con el pago de indemnizaciones y multas por violar las normas laborales del país.
Del mismo modo, los trabajadores afectados por el incumplimiento de la Ley podrán terminar el contrato de manera unilateral y podrán exigir las indemnizaciones concebidas en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo: “El empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador”.
El trabajador puede alegar que su salida de la compañía se dio por despido indirecto debido al incumplimiento de los establecido en el contrato, la falta de pago de salarios, prestaciones sociales o el empeoramiento de las condiciones de trabajo. “El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del patrono, de sus obligaciones convencionales o legales”, establece el Código Sustantivo del Trabajo.
Excepciones de la ley
Dentro de la Ley 2101 hay algunas excepciones para la reducción en la jornada laboral. No tienen derecho a la reducción a:
Servidores públicos, exceptuando a los que trabajen en empresas del Estado y sus vinculaciones se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo.
Trabajadores con horarios especiales (que tengan jornadas inferiores al periodo mínimo semanal o que no cumplan con un horario de 8 horas).
Menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo.
Exoneración de normas
Con la entrada en vigor de esta norma, se exonera a los empleadores de aplicar otras dos disposiciones: el Día de la Familia y las 2 horas destinadas a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. Cabe mencionar que esto solo será aplicable por las empresas una vez que se haya alcanzado la jornada de 42 horas, no antes.
Remuneración laboral
La disminución de la jornada máxima laboral trae consigo un importante cambio en el valor de la hora diaria de trabajo. A pesar de trabajar menos horas, los trabajadores continuarán recibiendo la misma remuneración.
Para adaptarse a esta nueva medida, los empleadores deben calcular el valor actualizado de la hora de trabajo para liquidar correctamente las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos.
El viceministro de Relaciones Laborales, Palma Egea, reafirmó el compromiso del Ministerio de Trabajo para brindar asistencia en caso de dudas o consultas. Las inspecciones laborales en todo el territorio nacional están disponibles
para atender cualquier inquietud relacionada con este tema.
El Ministerio informó que, debido al menor número de horas que constituye la nueva jornada máxima, la operación aritmética también se modifica. Esto significa que el valor de la hora de trabajo se incrementa automáticamente a medida que la jornada se reduce progresivamente.
Texto extractado de: https://www.infobae.com/colombia/2023/07/17/comenzo-la-reduccion-de-la-jornada-laboral-en-colombia-le-contamos-todo-lo-que-debe-saber/